CABILDO DE ELECCIONES
En cumplimiento de lo previsto en la Regla 58 de nuestra Hermandad, la Junta de Gobierno, reunida en Cabildo de Oficiales de Convocatoria de elecciones el pasado 26 de Junio de 2018, acordó convocar Cabildo General de Elecciones a celebrar el viernes 5 de Octubre del presente año 2018.
El proceso electoral se desarrollará conforme a lo que prescriben nuestra Reglas 57 a 74 y a lo dispuesto por la Normas Diocesanas para Hermandades y Cofradías en lo que a ellas remitan las referidas Reglas.
PROCESO ELECTORAL
Publicación de la convocatoria: La convocatoria del Cabildo General de Elecciones se ha publicado el 27 de junio de 2018 en la página web de la Hermandad y redes sociales, así como enviado por correo ordinario a todos los hermanos.
Comisión Electoral (Regla 58): La composición de la Comisión Electoral, estará formada por tres hermanos mayores de 18 años, y tres años de antigüedad que no sean miembros de la Junta de Gobierno ni candidatos a está.
Finalizado este plazo y resueltas en su caso por el Cabildo General de Oficiales las reclamaciones que se hubieren presentados, se remite a la Vicaría General del Arzobispado para su aprobación.
El censo comprenderá a todos y solo los hermanos que al día de la fecha de las elecciones tengan derecho a voto, especificando nombre, apellidos, fecha de nacimiento, fecha de alta en la Hermandad y Número de Documento de Identidad de los mismos.
El horario de consulta es lunes y martes de 19:00 h a 21:00 h en la Secretaria de la Hermandad.
Derecho a voto (Regla 61): Tiene derecho a voto en el Cabildo General de Elecciones todo hermano con dieciocho años de edad cumplidos al día que se celebre la elección, que tenga al menos un año de antigüedad en la Hermandad y que se encuentre al corriente de de sus obligaciones económicas con la misma.
Cabildo General de Elecciones (Reglas 57 …: El Cabildo General de Elecciones tendrá lugar el viernes 5 de Octubre del presente año 2018, en la Capilla de Ntra. Sra. del Rocío, sita en Plaza del Rocío, s/n, en horario de 19:00 a 22:00 .
La elección se hará por votación personal y secreta, por el sistema de papeletas, votándose candidaturas completas. Será nulo el voto emitido mediante candidaturas que contengan tachaduras o enmiendas, sustitución de nombres o no vayan extendidas en el modelo aprobado.
Exceptuando a los hermanos que emitan válidamente su voto por correo, solo se podrá votar personalmente, previa identificación mediante la exhibición del Documento Nacional de Identidad, Pasaporte o Permiso de conducir.
El “quórum” de votantes necesario para la validez de la elección ha de representar en la primera convocatoria, al menos, el 20% de los componentes del Censo Electoral. Si no se lograra el “quórum” señalado, se celebrará una nueva elección a la misma hora, el día catorceavo siguiente a la primera convocatoria, que estará sujeta al “quórum” del 10%.
Voto por correo (Regla 67): Podrán votar por correo aquellos hermanos que, por enfermedad acreditada mediante Certificado Médico Oficial, o por tener su residencia fuera del municipio de Coria del Río, y así conste en el censo de la Hermandad, quieran hacer uso de esta facultad.
Será condición de validez del voto así emitido.
-La acreditación del estado de enfermedad mediante Certificado Médico Oficial.
-La constancia en el censo electoral de residencia fuera de la localidad.
-La constancia en el censo electoral del número del Documento Nacional de Identidad o documento oficial equivalente en el caso de extranjeros.
Los hermanos solicitarán el voto por correo mediante solicitud por escrito a la dirección postal de la Hermandad, Apartado de Correos 91, 41100 Coria del Río, Sevilla, que deberá estar en poder de la Comisión Electoral con una antelación mínima de un mes a la fecha señalada por el Cabildo de Elecciones, es decir, antes del 5 de Septiembre de 2018. La Comisión Electoral remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el Censo, las papeletas y los sobres electorales.
La papeleta de voto se introducirá en el sobre de la votación y se cerrará. Este sobre, junto con una fotocopia del D.N.I., se incluirá en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral a la dirección indicada anteriormente, en cuyo remite deberá hacer constar nombre, apellidos y dirección.
El envío del voto por carta se hará por certificado de Correos con acuse de recibo.
Serán admitidos los votos recibidos hasta 24h antes de la celebración del Cabildo de Elecciones.
La Comisión Electoral llevará un registro de toda la documentación recibida la cual custodiará hasta la constitución de la Mesa Electoral.