SUSPENSIÓN DEL CABILDO ORDINARIO DE CUENTAS|
l º La participación en agrupaciones de personas para el desarrollo de cualquier actividad o evento de carácter familiar o social, tanto en la vía pública como en espacios públicos y privados, se limita a un número máximo de seis personas, incluidos convivientes, salvo que éstos sean más de seis.
La junta de gobierno entendiendo que queda prohibida la realización de cualquier actividad social que reúna a más de seis personas y velando, como no podía ser de otro modo por la salud de todos los hermanos suspende el cabildo de cuentas y actividades convocado para le próximo día 28, hasta que las circunstancias sanitarias y legales así lo determinen.